Empresas de Base Tecnológica (EBT)
Se consideran Empresas de Base Tecnológica (EBT) a aquellas que desarrollan, producen y/o comercializan productos y/o servicios intensivos en conocimiento y que cuentan con capacidad para investigar, desarrollar y transferir tecnología, siendo ésta la base de su ventaja competitiva y su actividad empresarial.
Reglamento para la Conformación de Empresas de Base Tecnológicas de CONICET
Es interés del CONICET adoptar un rol protagónico en el nacimiento y desarrollo de EBT a partir de conocimientos y desarrollos generados por contribución de sus agentes. El reglamento orienta a generar criterios generales de vinculación del CONICET con aquellas EBT en la que participe en calidad de socio uno o más agentes CONICET, con o sin participación accionaria del CONICET, y que utilice en su actividad conocimientos, resultados de investigación, propiedad intelectual o industrial y/o cualquier otra tecnología generada por agentes del CONICET haciendo uso de los recursos del CONICET o en ocasión del desempeño de sus funciones.
Normativas asociadas:
Incubación de proyectos que tengan EBTs en Unidades Ejecutoras (UEs)
La normativa autoriza a las UEs a incubar en sus instalaciones proyectos de EBTs, permitiendo que cada Unidad que lo desee, apruebe un Reglamento de Incubación con el aval de su Consejo Directivo y con intervención de la Gerencia de Vinculación Tecnológica. Las empresas incubadas deberán suscribir un Convenio Pre-Aprobado de Incubación de Proyectos (CIP) y, durante la incubación, un instrumento de vinculación tecnológica con CONICET.
Normativas asociadas:
Resolución N°524/2025 y anexos
Contacto: vinculacion@cordoba-conicet.gov.ar; Tel.: 0351-5353656 int. 16610/14