Consejería Integral en Violencia Laboral y de Género del CCT Córdoba
El 23 de noviembre de 2019 se inauguró el Espacio de Atención de Violencia Laboral y de Género en el edificio del CIECS (CONICET- UNC), localizado en Ciudad Universitaria. Surgió como respuesta a numerosas situaciones de violencia laboral y/o de género que tenían lugar en las Unidades Ejecutoras y ámbitos vinculados, en el ámbito de competencia del Centro Científico Tecnológico de Córdoba (Córdoba Capital, Río Cuarto y Villa María) y se enmarca en el “Protocolo de actuación para la prevención, difusión y capacitación en situaciones de violencia en ambientes de trabajo” aprobado por CONICET (Nº 1457/17 ).
El espacio está destinado a la atención, contención, y asesoría en casos de violencia laboral, de género y/o discriminación. Funciona en el CIECS (Av. Valparaíso s/n, Ciudad Universitaria). El horario de atención es martes de 9 a 12 hs.
El espacio está destinado a todo el personal de CONICET. Esto es, al personal administrativo, personal de apoyo y las/os investigadores, cualquiera sea la condición laboral de cada uno de ellos (temporario o visitante, permanente o contratado) en cada unidad del CONICET y su sede central. De igual modo se amparará, en el marco del presente Protocolo a las/os becarias/os del CONICET. También se contemplará a los Terceros que al prestar servicios permanentes o temporales, convivan en el mismo espacio físico que el personal del organismo.
Situaciones comprendidas:
- Conductas de violencia física, psíquica y sexual contempladas en el Código Penal argentino, independientemente del deber de denunciar de los funcionarios públicos al conocer la posible comisión de un delito de acción pública.
- Hechos contemplados en la Ley Nacional Nº 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y concordante.
- Hechos contemplados en la Ley Nacional Nº 23.592 “Antidiscriminación”, Informe de la Organización Internacional del Trabajo sobre seguridad en el trabajo (julio de 2003), Directrices relativas a los Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo (ILO-OSH, 2001. OIT, Ginebra, 2002) y concordantes.
- Cualquier medida o práctica que produzca un trato discriminatorio o desigualdad entre los/as trabajadores/as fundadas en razones políticas, gremiales, de sexo, orientación o preferencia sexual, género, estado civil, edad, nacionalidad, raza, etnia, religión, discapacidad, caracteres físicos, enfermedades, o cualquier otra acción, omisión, segregación, preferencia o exclusión que menoscabe o anule el principio de no discriminación e igualdad de oportunidades y de trato, tanto en el acceso al empleo como durante la vigencia de la relación laboral.
El espacio es gratuito y se garantiza respeto, privacidad, no revictimización, confidencialidad, contención y acompañamiento.
CONTACTO:
Los días y horarios de atención en que se recepcionan consultas y/o denuncias son los martes de 9:00 a 12:00. Hay atención permanente a través del e-mail del espacio.
El mail de contacto es: noalaviolenciacba@cordoba-conicet.gov.ar
Protocolo contra la Violencia en ambientes de trabajo
En 2017, el Directorio del CONICET aprobó mediante la Resolución Nº 1457/17 el Protocolo de actuación para la prevención, difusión y capacitación en situaciones de violencia en ambientes de trabajo.
En el marco de este Protocolo se constituye una Comisión Interdisciplinaria, que se enmarcará en el Observatorio contra Violencia Laboral, y que tiene por objeto asesorar al Directorio sobre políticas de difusión y prevención de violencia laboral, capacitación de referentes a nivel federal y del personal y becarios/as de CONICET, seguimiento de la temática relativa a violencia laboral a fin de proponer a futuro nuevas medidas de prevención y perfeccionar las existentes.
Por su parte, la CIOT (Comisión de Igual de Oportunidades y Trato) prevista en el convenio colectivo de trabajo general Decreto Nº 214/06, continuará recibiendo y tratando los casos particulares de denuncia por violencia laboral. (ciot-conicet@conicet.gov.ar)
Para ver la Resolución Nº 1457/17 haga click aquí.